
En California, el Código de Familia no favorece a las Madres ni a los Padres. Cualquiera de los padres puede tener la custodia de los hijos, o los padres pueden compartir la custodia. El juez toma la decisión final sobre la custodia y las visitas, pero usualmente aprobará el plan de crianza si los padres pueden ponerse de acuerdo. Si los padres no pueden ponerse de acuerdo, el juez tomará una decisión en una audiencia judicial.
Tipos de órdenes de custodia en California
Hay dos tipos de custodia de menores:
- Custodia legal, que significa quién toma decisiones importantes para sus hijos como atención médica, educación y bienestar; y
- Custodia física, que significa con quién viven sus hijos.
La custodia legal puede ser:
- Conjunta, donde ambos padres comparten el derecho y la responsabilidad de tomar decisiones importantes sobre la salud, educación y bienestar de los hijos.
O
- Exclusiva, donde solo 1 padre tiene el derecho y la responsabilidad de tomar las decisiones importantes sobre la salud, educación y bienestar de los hijos.
Los padres con custodia legal toman decisiones o elecciones sobre:
- Escuela o cuidado infantil
- Actividades o instituciones religiosas
- Necesidades de asesoramiento o terapia psiquiátrica, psicológica u otra salud mental
- Médico, dentista, ortodoncista u otro profesional de la salud (excepto en situaciones de emergencia)
- Deportes, campamento de verano, vacaciones o actividades extracurriculares
- Viajes
- Residencia (dónde vivirán los hijos)
Los padres que comparten la custodia legal ambos tienen el derecho de tomar decisiones sobre estos aspectos de la vida de sus hijos, pero no tienen que estar de acuerdo en cada decisión. Cualquiera de los padres puede tomar una decisión solo.
La custodia física puede ser:
- Conjunta, lo que significa que los hijos viven con ambos padres.
- Exclusiva (o primaria), lo que significa que los hijos viven con 1 padre la mayor parte del tiempo y usualmente visitan al otro padre en ciertos días o en ciertos horarios.
La custodia física conjunta no significa que los hijos deban pasar la mitad del tiempo con cada padre. Cuando un padre tiene a los hijos más de la mitad del tiempo, ese padre a veces se llama el “padre custodio principal.”
A veces, los tribunales otorgan a los padres la custodia legal conjunta, pero no la custodia física conjunta. Esto significa que ambos padres comparten la responsabilidad de tomar decisiones importantes en la vida de los hijos, pero los hijos viven con un padre la mayor parte del tiempo. El padre que no tiene la custodia física usualmente tiene derecho a visitas con los hijos.
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