
Los tribunales de California deben considerar y dar peso a la preferencia de un niño “cuando el niño tenga la edad y la capacidad suficientes para expresar una opinión inteligente sobre la custodia o la visita”.
Cuando un niño cumple 14 años, el Código de Familia de California permite que el niño exprese una preferencia de custodia, a menos que el juez, en su opinión, crea que hacerlo sería perjudicial.
Aunque la ley permite específicamente que los niños de al menos 14 años expresen una opinión, no hay una edad específica en la que un juez escuchará o deberá escuchar la opinión de un niño.
El Código de Familia de California también permite que los niños menores de 14 años testifiquen sobre una preferencia de custodia, a menos que el tribunal decida que no es en el mejor interés del niño hacerlo. Pero, si el juez impide que un niño exprese una opinión en la corte, debe darle al niño otra vía para expresar su opinión, como un evaluador de custodia infantil.
En última instancia, el Código de Familia de California dicta que los niños no pueden elegir dónde vivir hasta que tengan 18 años. Cada caso es diferente, y el juez decidirá cuánto peso darle a la preferencia del niño usando una amplia discreción. Los tribunales generalmente darán más valor a las opiniones de los niños mayores que a las de los niños más pequeños.
Programe una llamada de Evaluación de Caso 951-339-3826
Otro factor común que los jueces considerarán son las razones por las que un niño prefiere a un padre sobre el otro al decidir cuánto peso darle a la preferencia. Por ejemplo, en un caso donde un niño declaró que quería vivir con su madre porque ella era menos estricta que su padre, el tribunal puede decidir no darle mucho peso a esa opinión, si es que le da alguno.
En última instancia, es importante recordar que influir en un niño sobre con qué padre debe vivir será mal visto y nunca está en el mejor interés del niño, sin importar la edad.
Si actualmente se encuentra en una situación donde puede ser necesaria una modificación de custodia en los condados de Orange, Riverside o San Bernardino. Llame a “The Fathers Rights Attorney” al 951-4827517 y ponga al equipo de Reel Fathers Rights de su lado.
Llame o envíe un mensaje de texto 951-339-3826 o complete un formulario de Evaluación de Caso
